La Comunicación "A" 8336 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), en vigencia desde el 26 de septiembre de 2025, estableció una importante restricción que vincula la compra de dólar oficial con las operaciones en moneda extranjera del mercado de capitales (Dólar MEP/CCL).
¿En qué consiste la nueva restricción?
La norma establece que cualquier persona que haya comprado dólar oficial (dólar solidario, ahorro, etc.) queda inhabilitada para realizar compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera (dólar D o C) por un plazo de 90 días corridos.
¿Qué operaciones están prohibidas por 90 días?
La restricción opera principalmente sobre la figura del "MEP inverso" o cualquier compra de activos que te permita obtener dólares financieros (Dólar MEP o CCL) después de haber accedido al mercado oficial.
Operación Prohibida (Genera inhabilitación de 90 días) |
---|
❌ Comprar Dólar Oficial y luego hacer una operación que implique comprar activos en Dólares (o comprar un activo para liquidar en Dólar MEP/CCL). |
❌ Realizar una operación que implique comprar activos en Dólares (MEP Inverso) y luego intentar Comprar Dólar Oficial. |
¿Qué operaciones SÍ están permitidas?
La norma no afecta las siguientes combinaciones de operaciones, ya que no implican la compra de activos con liquidación en moneda extranjera:
Operación Permitida (No genera inhabilitación) |
---|
✅ Comprar Dólar Oficial y luego Comprar Dólar MEP/CCL (es decir, vender un activo en Dólares). |
✅ Solo operar Dólar MEP/CCL (sin haber comprado dólar oficial en los últimos 90 días). |
Incumplimiento de la Normativa: El Rol de IOL Inversiones
Nuestra función, como Agente de Liquidación y Compensación (ALYC), es facilitar tus operaciones. Sin embargo, no somos un ente regulador.
Es importante destacar que IOL Inversiones no actúa como organismo sancionador. La responsabilidad de fiscalizar y notificar un incumplimiento recae directamente sobre el Banco Central de la República Argentina (BCRA). En caso de detectarse alguna infracción a la Comunicación "A" 8336, será el BCRA quien lo notifique y aplique las sanciones correspondientes.
Te recomendamos revisar siempre tu situación particular antes de operar y mantenerte informado sobre las normativas vigentes.